Accesibilidad, cercanía y confianza
Somos Administradores de Fincas colegiados por el Colegio de Administradores de Fincas de Huelva. Nuestra filosofía de trabajo se basa en la cercanía y trato personal con el cliente, buscamos su tranquilidad y comodidad en todo momento.
Todas nuestras gestiones están avaladas por el Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Huelva con las siguientes garantías:
FIANZA COLEGIAL 25.000€
SERVICIOS
- Creación y puesta en marcha de la comunidad.
- Elaboración de presupuestos anuales.
- Sujeción y control del presupuesto.
- Elaboración de cuentas: asientos contables.
- Cobro y control de recibos comunitarios.
- Gestión y reclamación de impagos: proceso monitorio.
- Pago a proveedores.
- Custodia de documentación.
- Optimización de los servicios de la comunidad.
- Reuniones con la Junta de Gobierno.
- Reuniones Junta de Propietarios: convocatoria y asistencia.
- Mediación y resolución en conflictos comunitarios.
- Visitas a la comunidad: elaboración y propuestas de mejora.
- Estudio y especial elaboración de propuestas para mejora en accesibilidad y eficiencia energética.
- Control de la ejecución de los acuerdos adoptados.
- Revisión de las obras comunitarias.
- Gestión técnica de servicios, mantenimientos y obras.
- Gestión técnica de servicios, mantenimientos y obras.
- Despacho 24h: plataforma.
FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR ( art. 20 Ley de la Propiedad Horizontal)
- Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.
- Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.
- Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo la reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios.
- Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.
- Actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.
- Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta.